Central Telefónica: (0362) 4414400
Denuncia Cobro Plus: 0800-888-PLUS(7587)

Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL, SEGUROS Y PRESTAMOS, INSSSEP (In.S.S.Se.P), previsto según Ley Nº 4044. La misma establece su actual régimen funcional. De esta forma la provincia del Chaco fue regulando la Seguridad social, que asume hoy, el compromiso de garantizar a todos los chaqueños un derecho fundamental en el marco de la solidaridad. Este concepto fue evolucionando a lo largo del tiempo, y fue así que surgieron los primeros regímenes de Seguridad Social.

Obra Social

El Régimen de Obra Social presta en forma permanente Asistencia Integral de la Salud, través de Prestadores de la Salud que aseguran la libre elección del Profesional por parte de nuestros afiliados. Prácticas medico quirúrgicas, como asimismo la provisión de productos farmacéuticos, prótesis , óptica, odontología, servicio de sepelio y subsidio por fallecimiento.-

Jubilación

"Gestión y administración de expedientes con requerimiento de prestaciones previsionales , pensiones graciables de ExCombatientes y Movilizados"

Seguros

Ofrecer y Garantizar al Personal Activo y Pasivo de la Provincia el Seguro de Vida Obligatorio y los Voluntarios tales como Seguro de Vida Colectivo, Adicional por Conyugue y Amparo Familiar. Como así cubrir los riesgos por incapacidad

Te acompañamos en todos los momentos de tu vida

“El Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos de la provincia del Chaco es un organismo autárquico y funcionalmente autónomo de la administración pública provincial y municipal, y funcionará con autonomía presupuestaria e individualidad económico- financiera. Comprende obligatoriamente a todos los agentes de la administración pública provincial y municipal y su cumplimiento estará bajo la órbita jurisdiccional de la Provincia”.

La ley reglamenta el Régimen de Jubilaciones y Pensiones, el Régimen de Obra social, el Régimen de Seguros y Subsidios Laborales y el Régimen de Préstamos y Caja Complementaria Financiera.

El gobierno y la administración ejercido por un Directorio integrado de la siguiente manera:

  • Presidente y vicepresidente designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de Cámara de Diputados.
  • Un vocal en representación de los afiliados activos y un vocal en representación de los afiliados pasivos, electos por los afiliados.
  • Un síndico designado por el Poder Ejecutivo y un síndico electo por los afiliados activos y pasivos.

El mandato de los miembros oficiales durará en sus funciones hasta completar el periodo de gobierno que corresponda al gobernador que los hubiere propuesto.