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Jubilación Ordinaria Docente Móvil

JUBILACIÓN ORDINARIA DOCENTE MÓVIL ART 122 LEY 4044

Tendrán derecho a la jubilación ordinaria los afiliados que:

           a) Los docentes de todos los niveles, modalidades y funciones de enseñanza con más de diez (10) años al frente de grado y/o cursos, tendrán derecho a la jubilación ordinaria docente móvil si acreditan treinta (30) años de servicios docentes, con aportes diferenciales en uno o más regímenes del sistema de reciprocidad, de los cuales quince (15) años como mínimo deben ser con aportes fehacientes al InSSSeP de la Provincia del Chaco, sin limite de edad;

           b) Los docentes enumerados en el inciso anterior, con más de dieciocho (18) años al frente de grado y/o curso, tendrán derecho a la jubilación ordinaria docente móvil si acreditaren veintinueve (29) años de tales servicios y cumplan el requisito previsto en el inciso anterior in-fine;

          c) Los docentes enumerados en el inciso a) que acrediten los veinticinco (25) años de servicios al frente directo de grado y/o curso, continuos o discontinuos, tendrán derecho a la jubilación ordinaria docente móvil, con veintiocho (28) años de tales servicios y cumplan con el requisito previsto en el inciso a) in-fine;

          d) El personal docente que no haya estado al frente directo de grado y/o curso durante diez (10) años continuos o discontinuos, tendrán derecho a la jubilación ordinaria docente móvil, si acrediten treinta y tres (33) años de tales servicios, con aportes en uno o mas regimenes jubilatorios del sistema de reciprocidad, de los cuales quince (15) años como mínimo deben ser con aportes fehacientes al InSSSeP de la Provincia del Chaco, sin limite de edad.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Certificación de Servicios Original,

Constancia de Continuidad de Servicios Actualizada y Original,

Legajo personal (fotocopia certificada por la repartición donde presta servicios),

Reconocimiento de servicios (de otras cajas),

Constancia sobre afiliaciones de Anses (activo, mesa de entradas, autónomos, certificación de servicios, informe del Sipa),

Fotocopia del DNI legalizada,

Fotocopia del ultimo recibo de sueldo,

Constancia de domicilio otorgado por la policía,

Certificado de estado civil actualizado y legalizado  (acta de matrimonio legalizada y actualizada, información sumaria de concubinato tramitada ante juzgado de paz, fotocopia de DNI del esposo o concubino),

Si tiene hijos menores hasta 21 años (fotocopia del DNI, fotocopia del acta de nacimiento legalizada y actualizada, constancia de alumno regular)

 

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